Por: Diana Rubio
Junio se veía como un mes de cambios pero no imaginábamos que también iba a suponer un final de primavera histórico donde la política y el protocolo se unen en el preciso momento en el que el Presidente del Gobierno anunciaba la abdicación y comienzo del procedimiento de sucesión en la Corona Española.
A este contexto político, se une la utilización de las nuevas tecnologías, que protagonizan el día a día y ha servido de plataforma para recoger y difundir momentos inesperados como este, aunque la página web oficial haya sufrido una caída debido al volumen de visitas recibidas y para la que no estaba lista.
Muchos se preguntaran, ¿Y ahora qué?
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“La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
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El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
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Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
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Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
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Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.”
Fuente: Política y Protocolo