En política, la discusión sobre la libertad es compleja. En primer lugar, se debe tener en cuenta que la libertad se puede entender en más de un sentido. Ciertamente, es uno de los problemas clásicos de la filosofía. Pero además, en segundo lugar, muchos de los debates de la Filosofía Política contemporánea tienen como tema protagonista, precisamente, la libertad. Ideológicamente, la libertad, o una determinada interpretación que de ella se hace, juega un papel estratégico en el ataque y la defensa de las posiciones en conflicto. Isaiah Berlin (1909-1997) es uno de los autores que puso las bases de la discusión contemporánea sobre el significado y las consecuencias políticas de la idea de libertad en su ensayo “Dos conceptos de libertad”. La teoría de Berlin es paradigmática del liberalismo.
Ante todo, es fundamental no confundir el término “negativo” con una valoración moral, es decir, negativo no significa malo. Según Berlin, la concepción negativa de la libertad es aquella que la entiende en términos de no coacción. Uno es libre en la medida en que no padece coerciones externas que le impidan desarrollar su libertad de movimientos, expresión, asociación o sus iniciativas diversas. En este sentido, la libertad es el espacio que el poder público, esto es, el Estado, permite a los ciudadanos. El origen de esta idea “liberal” de libertad se remonta a Hobbes. Ya hemos visto que la teoría que Hobbes defendía era el absolutismo político, según el cual el soberano detentaba un poder absoluto en la vida civil. Aun así, es verdad que a partir del punto en que el soberano dejaba de inmiscuirse en la vida de los ciudadanos, se podía decir que eran libres. Libertad negativa significa, por tanto, no estar entorpecido por algo o alguien en el curso de las acciones posibles. Las características de esta libertad principalmente se reducen a dos: por un lado, es un libertad individualmente entendida, es decir, son los individuos los que pueden ser calificados de “libres” o de “no libres”; por otro lado, no hay un contenido positivo que defina esta libertad, sino que se define negativamente, a partir de la barrera en la que los individuos dejan de estar coaccionados. El paradigma de la coacción en Berlin es la ley: así pues, la libertad se opone a las leyes. Esto no significa que las leyes deban contar como “contravalores” o que sean indeseables; simplemente, significa que las leyes pueden defender otros bienes (la seguridad, la igualdad, la justicia…), pero no la libertad. La libertad empieza justamente ahí donde la ley ya no actúa. Libertad negativa equivale a “libertad de” hacer lo que sea sin ser molestado.
Al igual que en el caso anterior, según Berlin, libertad positiva no significa “libertad buena”; no está connotada valorativamente en sentido positivo. De hecho, casi se podría decir que ocurre todo lo contrario. La libertad positiva es aquella interpretación de la libertad que en las teorías éticas y políticas se define a partir de un contenido positivo. Hay algo ahí, pues, que recibe el nombre de libertad y se trata de descubrirlo. Como Berlin afirma, el concepto de libertad positiva suele presentarse en términos perfeccionistas. Uno es libre cuando se puede afirmar con toda seguridad que es él o ella quien toma sus propias decisiones. La libertad positiva suele identificarse con la idea de autonomía, autodeterminación o autogobierno, es decir, que alguien se da su propia ley al actuar. También se identifica con autorrealización.
Tomemos como ejemplo la noción marxista de “falsa conciencia”. Alguien podría decir que aquellos que son víctimas de una “falsa conciencia” o una manipulación social, económica y política no deciden por ellos mismos, sino que en realidad están siendo ideológicamente condicionados sin ser conscientes de ello. Solo aparentemente son libres, pero en realidad están oprimidos. La libertad, en este contexto, sería la toma de conciencia por parte del sujeto de todas las formas de engaño y control social, para que luego pudiese decidir por sí mismo. Es evidente, pues, que en el caso del concepto de libertad positiva nos encontramos con una noción mucho más exigente. El marxismo, aquí, solo sería un caso particular dentro de una concepción positiva de la libertad de tipo general.
Otra característica de la libertad positiva es que se suele concebir en términos colectivos. La libertad como no coacción tiende a ser individual, ya lo hemos visto. En cambio, el sujeto de la libertad positivamente entendida es un colectivo como la nación, el pueblo o la clase social, que se autodetermina mediante acciones políticas. Si la libertad negativa se formula como “libertad de”, entonces la libertad positiva es una “libertad para”. Dicho de otra manera, está siempre enfocada a un objetivo político concreto que se asocia a la idea de una liberación. Berlin prefiere una concepción negativa de la libertad a una concepción positiva, puesto que a veces la defensa de la libertad positiva puede conllevar una mengua de la libertad negativa: por un ideal abstracto y colectivo se podría sacrificar un espacio de libertad individual. Ahora bien, en algunos casos también acepta un uso legítimo de determinadas interpretaciones posibles de la libertad positiva en contextos muy concretos. El paso de una dictadura a una democracia podría ser un ejemplo de ello.
Por último, ha aparecido una crítica a la distinción de Berlin entre los dos conceptos de libertad. Ha emergido, en consecuencia, un tercer concepto de libertad, la “libertad republicana”. Sus defensores son, entre otros, Philip Pettit o Quentin Skinner. De hecho, sostienen que la interpretación republicana de la libertad es anterior a la distinción de Berlin y que es el modo clásico, ya desde Cicerón, de comprender la libertad. Puesto que se remonta a la Roma republicana, se inscribe en la corriente filosófica del republicanismo.
Estos autores plantean que uno es libre en la medida en que no está dominado por un tercero. Esto significa que la idea de libertad como no coacción es insuficiente para definirla. Alguien podría estar esclavizado por otro, pero no sufrir una coacción directa. Aun así, dicen Pettit y Skinner, el esclavo no se podría considerar libre. La libertad es una garantía de no dominación. Esto significa, además, que en algunos casos el derecho o las leyes pueden asegurar la libertad y no necesariamente limitarla o anularla. La ley que prohíbe la esclavitud es ciertamente una coacción, pero esta coacción no es arbitraria, sino que está democráticamente fundamentada. En cambio, todas las interferencias arbitrarias y no justificadas, ya sean de poderes públicos o de poderes privados, implicarán un ataque a la libertad. Como se puede ver, la interpretación republicana de la libertad la concibe negativamente, en tanto que no dominación. No es una exigencia positiva de perfección o autorrealización, pero sí es una exigencia política para diseñar un sistema institucional donde no existan dominaciones, esto es, donde no se den interferencias arbitrarias e injustificadas democráticamente.
Fuente: Blog Filopolítica